Aprobada la ley trans, que permite la autodeterminación de género
El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes la ley trans, que reconoce la autodeterminación de género. Para solicitar el cambio de sexo en el registro no hará falta ningún informe médico, ni dos años de hormonación.
El texto establece que será suficiente con presentar la petición en el registro. Pasado un máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud, la persona será citada para que ratifique y confirme su decisión. Todo el proceso no tiene que durar más de cuatro meses. Seis meses después, las personas podrán revertir su decisión, con una autorización judicial previa.
A partir de los 16 años, este proceso se podrá hacer libremente. Entre el 14 y los 16, el consentimiento de los padres, madres o tutores. Entre los 12 y los 14, hará falta la aprobación judicial. Por debajo de los 12 años, los niños se podrán cambiar el nombre al DNI sin intervención de testigos.
El texto aprobado también prohíbe las terapias de reconversión, que serán consideradas penas muy graves con una sanción administrativa de hasta 50.000 euros. Se incluirá en los currículums educativos la educación en la diversidad. Y, así mismo, en los centros escolares se tiene que permitir a los menores de 12 años que así lo deseen su cambio de nombre.
Una novedad que incorpora la norma, en relación con el texto aprobado en primera vuelta, es el reconocimiento del derecho de personas trans migrantes a cambiar el sexo de sus documentos expedidos en España si las leyes de sus países de origen no lo permiten.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha celebrado que la norma ha hecho que España se sitúe a la vanguardia en la ampliación de derechos de las personas LGTBI.